La solicitud de integración del tribunal de arbitramento, la podrá hacer cualquiera de las partes suscriptoras de la Cláusula compromisoria o el Pacto Arbitral, se dirigirá por escrito al Centro para solicitar que se nombre el árbitro o árbitros, cuya designación le corresponde y que se adelante el trámite legal correspondiente.
La solicitud debe reunir todos los requisitos señalados en los artículos 75 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y debe presentarse en tantas copias cuantos Árbitros deban integrar el Tribunal y dos (2) adicionales, una con destino al Secretario y otra al Archivo del Centro, a la petición se acompañará copia del documento que contenga la Cláusula Compromisoria o el Compromiso.
Tarifas de honorarios para árbitros:
El Centro tendrá la siguiente tarifa de honorarios para árbitros:
CUANTÍA | PORCENTAJE |
Hasta 6.000.000 | 40 SMDLV |
De $6.000.001 a $100.000.000 | 10% |
De $100.000.001 a $200.000.000 | 8% |
De $200.000.001 a $300.000.000 | 7% |
De $300.000.001 a $500.000.000 | 6% |
De $500.000.001 a 1.000.000.000 | 4% |
De $ 1.000.000.001 en adelante | 2% |
La anterior tarifa se liquidará de la siguiente manera:
El 25% por concepto de honorarios por árbitro, cuando el tribunal esté constituido por tres (3) árbitros.
El 12.5% por concepto de honorarios para el secretario del tribunal.
El 12.5% por concepto de gastos administrativos del Centro de Arbitraje.
En caso de ser la cuantía indeterminada, se asimilarán a los casos de mayor cuantía.
Recuperado de http://www.ccuraba.org.co/desarrollo-empresarial/conciliacion-y-arbitraje
Imagen recuperada de www.banrepcultural.org
Vitely Erazo
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