lunes, 25 de abril de 2016


¿Cuáles son las características de la conciliación?


 Las características esenciales que informan la conciliación son las siguientes:

a) La conciliación es un mecanismo útil para la solución de los conflictos.

 b) Es un instrumento de autocomposición de un conflicto, por la voluntad concertada o el consenso de las partes.

c) La conciliación extrajudicial constituye una actividad preventiva, en la medida en que busca la solución del conflicto antes de acudir a la vía procesal.

d) La conciliación no tiene en estricto sentido el carácter de actividad judicial ni da lugar a un proceso jurisdiccional porque el conciliador (agente del Ministerio Público), no interviene para imponer a las partes la solución del conflicto en virtud de una decisión autónoma e innovadora; sin embargo, el acuerdo conciliatorio requiere aprobación judicial.

e) La conciliación tiene un ámbito que se extiende a todos aquellos conflictos susceptibles, en principio, de ser negociados, o en relación con personas cuya capacidad de transacción no se encuentre limitada por el ordenamiento jurídico.


 f) La conciliación es el resultado de una actuación que se encuentra reglada por el legislador.

Publicado: Yuley AndreA Albarracin

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